Ombuds advierte que privación arbitraria de libertad puede violar derechos en caso Guapinol
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EL COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CONADEH), CONFORME A LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Y DE SU LEY ORGÁNICA, CONTINÚA EL ACOMPAÑAMIENTO Y GESTIÓN DEFENSORIAL RESPECTO A LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS, EN EL CASO GUAPINOL
A la opinión pública nacional e internacional, comunicamos lo siguiente:
1. Desde que se inició la problemática derivada de la explotación minera en la zona del parque nacional "Carlos Escaleras" del municipio de Tocoa, Departamento de Colón: el CONADEH ha dado acompañamiento y seguimiento al caso, realizando gestiones ante las autoridades del Estado con el afán de que se realice un diálogo pacífico y respetuoso de los derechos humanos entre la empresa y los manifestantes y que se proteja de forma efectiva la labor de las personas defensoras de derechos humanos que realizan sus actividades orientadas a la defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
2. Desde agosto del año 2018, pobladores de las comunidades del sector de Guapinol y San Pedro y otras comunidades del Departamento de Colón, realizaron actos de protesta por el otorgamiento de concesiones mineras en la zona núcleo del Parque Nacional "Carlos Escaleras" que consideran haberse otorgado sin consulta previa y de manera ilegal e injusta.
En octubre de 2018, miembros de los cuerpos de seguridad del Estado realizaron un desalojo en el sitio en el lugar donde los pobladores de Guapinol, San Pedro y otras comunidades mantenían el campamento de protesta contra las concesiones. Varias personas fueron acusadas por la supuesta comisión de varios delitos.
Al someterse éste caso a los tribunales de justicia, el CONADEH ha continuado su labor de velar por el libre acceso ante los órganos jurisdiccionales y para que éstos actúen con la debida diligencia y celeridad procesal, tal como lo prescriben los artículos 26 y 42 de su Ley Orgánica.
En febrero de 2019, un Juzgado de La Ceiba, Atlántida, emitió órdenes de captura contra 31 personas, pobladores de la comunidad. Dicho juicio fue trasladado a un juez de Jurisdicción Nacional con sede en Tegucigalpa, que ordenó la detención judicial de 12 de las 13 personas (que se presentaron voluntariamente).
El 26 de agosto de 2019, ante la Jueza de Jurisdicción Nacional, se presentaron 7 imputados, por suponerlos responsables de los delitos de: Incendio agravado, asociación ilícita, robo y privación injusta de la libertad. La jueza ordenó la prisión preventiva para las 7 personas, siendo remitidos a la Penitenciaría Nacional Marco Aurelio Soto (Tamara). Se les envió posteriormente al centro de máxima seguridad de Danlí, conocido como "La Tolva". El CONADEH de inmediato realizó gestiones tendientes a que los imputados fuesen trasladados al centro penal originalmente previsto por no representar peligro a su integridad y ser cercano a sus familiares y comunidad. Situación que culminó con el traslado de los imputados al centro penal de Olanchito, Yoro.
En agosto del 2020, el CONADEH constató la instalación de un retén militar en el desvío hacia Guapinol, y la ejecución de un patrullaje militar dentro de la comunidad, por razones que la fuente militar calificó como una acción preventiva y disuasiva de la eventual comisión de delitos, en ese desvío y en la comunidad.
Las organizaciones y liderazgos sociales, de la comunidad de Guapinol, expresaron temor e incertidumbre en cuanto a las razones de esos retenes y patrullajes que, en la forma de su realización, consideraban que alteraba la convivencia armónica y la salud mental de los habitantes, por lo que emitieron alerta preventiva.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos instó, a las autoridades de policía y militares, a garantizar el mayor respeto a la tranquilidad y convivencia armónica de la comunidad de Guapinol, su seguridad y libre circulación, así como a fomentar mayor confianza, comunicación y participación de la comunidad en la lucha contra la delincuencia y los problemas de salud que, entre otros, la agobian.
3. Recientemente un tribunal de apelaciones de la ciudad de Tegucigalpa revocó el sobreseimiento definitivo que había sido dictado contra varios de los acusados del caso "Guapinol"; sin embargo, se les sobreseyó del delito de asociación ilícita. Delito que servía de fundamentación para que el caso estuviera sometido a un juzgado de jurisdicción nacional, por lo que, como consecuencia, el caso debería ser conocido por un juzgado de letras ordinario, con todas las garantías judiciales o conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales para proteger contra actos que vulneren derechos humanos fundamentales. En particular, el derecho a la presunción de inocencia que es un fundamento de las garantías judiciales; y el derecho a la defensa que pueden ser vulnerados por la estigmatización o la privación arbitraria de la libertad.
Asimismo, el CONADEH, en cumplimiento de sus atribuciones de velar por la aplicación de la normativa de los derechos humanos, recuerda que las medidas de prisión preventiva no pueden adoptarse legitimamente en violación del superior principio de presunción de inocencia, y sólo deberían ordenarse ante la falta de medidas menos gravosas en casos de extrema gravedad, sin ser utilizadas como medidas punitivas porque quebrantarían los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. A ello, debería sumarse la debida aplicación de la reciente reforma del artículo 184 del Código Procesal Penal, contenida en el Decreto Legislativo número 36 2020 publicado en el Diario oficial La Gaceta en fecha 10 de junio del 2020, lo que garantizaría la seguridad jurídica, personal y psicológica de las personas imputadas en el presente caso, sobre todo en tiempos de emergencia sanitaria por la pandemia Covid-19 y epidemia del Dengue.
4. El CONADEH nuevamente recuerda que los defensores y defensoras de derechos humanos, especialmente los que defienden los derechos ambientales, deben ser protegidos por el Estado y que su actividad merece especial reconocimiento. De igual forma recuerda que las empresas devienen en la obligación de respetar los derechos humanos, en especial el derecho al medio ambiente sano, de acuerdo a los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos.
El CONADEH continuará dando acompañamiento y realizando gestiones tendientes al respeto del derecho a la libertad personal, así como del derecho de presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho a la defensa, entre otras garantías judiciales y requisitos procesales pertinentes.
CONADEH, Tegucigalpa, Honduras, Centroamérica, 23 de septiembre del 2020.
Dr. H. Roberto Herrera Cáceres Comisionado Nacional de los Derechos Humanos
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