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Actualización del proceso judicial de los defensores del río Guapinol

Updated: Sep 29, 2020


Actualización Septiembre 2020
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29 de septiembre de 2020


Hay dos requerimientos que fueron presentados por parte del Ministerio Público de Tocoa relacionados con el caso de los defensores del Río Guapinol.

El primer requerimiento es contra 18 personas por usurpación y daños en perjuicio a Inversiones Los Pinares relacionado con los supuestos incidentes del 31 de julio de 2018 en el marco de la instalación de un campamento “Por el Agua y la Vida” en una vía de acceso público en Guapinol. Estos cargos no se acumulan a más de 6 años de cárcel en caso de sentencia condenatoria y por lo tanto no deben ser objeto de prisión preventiva de más de un año si es que la Corte justifica la medida cautelar en primer lugar.

  1. Jeremías Martínez fue arrestado en Tocoa en diciembre de 2018 y acusado de usurpación y daños. Enfrentó su proceso judicial ante el juez de Jurisdicción Nacional Carlos Irías León en San Pedro Sula quien le otorgó la medida cautelar de prisión preventiva; desde diciembre de 2018 ha estado en prisión preventiva en La Ceiba. Su caso fue elevado a juicio en enero de 2020 y ahora la Sala 1 del Tribunal de Sentencia de Jurisdicción Nacional en Tegucigalpa está conociendo su caso.

1.1. El 24 de septiembre de 2020, el Tribunal ordenó que Jeremías Martínez esté bajo arresto domiciliario porque su tiempo de prisión preventiva ha terminado. A pesar de esta orden, él permanece en prisión porque es una de las ocho personas que se presentaron en agosto de 2019. Lee el comunicado de prensa aquí.


2. En el grupo de los defensores encarcelados, uno de ellos, Arnol Alemán también está en la acusación de usurpación y daños. El Juez Claudio Aguilar del Juzgado de Letras de Jurisdicción Nacional originalmente dictaminó un sobreseimiento provisional en agosto de 2019 en su caso. La empresa Los Pinares y el Ministerio Público apelaron esta decisión y la Corte de Apelaciones no ha emitido una decisión definitiva.


3. Trece personas se presentaron voluntariamente para enfrentar estos cargos en febrero de 2019 ante el juez Carlos Irías de León. Dado su actuación en esta audiencia, y la presentación sorpresa de un segundo requerimiento, la defensa legal recusó el juez y el caso fue trasladado al Juez del Juzgado de Jurisdicción Nacional Víctor Méndez, quien dictó un sobreseimiento definitivo por los dos delitos. Inversiones Los Pinares y el Ministerio Público apelaron esa decisión y aún no hay un fallo de la Corte de Apelaciones.

El segundo requerimiento se refiere a 31 personas procesadas por los delitos de asociación ilícita en perjuicio del Estado de Honduras; robo, detención injusta e incendio agravado en perjuicio de Santos Corea, un gerente de seguridad contratado por la empresa minera Inversiones Los Pinares; y un delito de incendio agravado en perjuicio de Inversiones Los Pinares. Este requerimiento hace referencia a supuesto hechos que tuvieron lugar el 7 de septiembre de 2018 (más información aquí).

  • Un grupo de 12 personas se enfrentó a una audiencia inicial relacionada con este requerimiento en marzo de 2019 en la cual el Juez de la Corte de Jurisdicción Nacional Víctor Méndez desestimó todos los cargos por falta de mérito.

  • Un grupo de ocho personas, más los representantes legales de una novena persona que murió tres años antes de que se cometieron los presuntos delitos pero que estaba acusada por el MP, se presentaron voluntariamente en agosto de 2019 para hacer frente a la acusación. Durante la audiencia inicial, la jueza de la Corte de Jurisdicción Nacional, Lisseth Vallecillo, desestimó los cargos de robo y asociación ilícita, pero dictó un auto-formal procesamiento por los delitos de privación injusta de libertad e incendio agravado. Estos cargos no requieren detención preventiva pero ella lo ordenó de todos modos, sin justificar su decisión.

El 13 de agosto de 2020, la Corte de Apelaciones notificó al equipo de defensa legal sobre tres apelaciones relacionadas con estos dos procesos penales. La Corte aparentemente tomó las decisiones el 3 de marzo de 2020, pero sólo notificó a las partes más de cinco meses después.

1. En cuanto a la apelación de fondo presentada por la empresa minera Inversiones Los Pinares y el Ministerio Publico sobre el sobreseimiento definitivo dictado para las 12 personas el 3 de marzo de 2019:

1.1. La Corte de Apelaciones revocó arbitrariamente el sobreseimiento de los dos cargos de incendio agravado y lo de privación injusta de libertad contra cinco de las 12 personas acusadas. Ellos son: Juan López, Leonel George, Reynaldo Domínguez, Marco Tulio Ramos, José Adalid Cedillo. La Corte no individualizó los cargos contra estos cinco conocidos defensores. Tampoco tomó en cuenta cambios en el código penal que entró en vigencia el 25 de junio que es favorable en el caso de los defensores.

1.2. La Corte de Apelaciones cambió el sobreseimiento definitivo para las 12 personas defensoras por un sobreseimiento provisional por el cargo de robo en perjuicio a Santos Corea.

1.3. En respuesta, la defensa legal presentó una reposición, que la Corte de Apelaciones negó. La defensa legal presentará un amparo sobre esta decisión.

1.4. El expediente del caso fue traslado de la Corte de Apelaciones al Juzgado de Letras de Jurisdicción Nacional en San Pedro Sula, con juez Carlos Irías de León el 14 de septiembre del 2020. El juez Irías de León originalmente conoció el caso en febrero de 2019, pero fue recusado por el equipo de la defensa. Como consecuencia a esta recusación, el expediente fue trasladado a Tegucigalpa, por lo que el juez Víctor Méndez presidió la audiencia inicial en marzo 2019. En 2020, la Corte de Apelaciones falló y negó la recusación de 2019, por lo que el caso ha regresado al Juzgado que el juez Irias de León preside.

1.5. El juez Irías de León ahora tiene que convocar una audiencia para notificar a los defensores de la decisión de la Corte de Apelaciones sobre la revocación del sobreseimiento. El miércoles 16 de septiembre, el equipo de defensa legal presentó un escrito al Juzgado avisando que los defensores estaban dispuestos a presentarse voluntariamente para evitar una captura. El Juez tuvo tres días para responder, pero aún no lo ha hecho.

2. En cuanto a las apelaciones de fondo de los ocho defensores Porfirio Sorto Cedillo, José Abelino Cedillo, Orbin Naún Hernández, Kelvin Alejandro Romero, Arnol Javier Aleman, Ewer Alexander Cedillo, Daniel Márquez y Jeremías Martínez Díaz que fueron ordenados a la detención preventiva el 1 de septiembre de 2020 por la jueza de Jurisdicción Nacional Lisseth Vallecillo.

2.1. La Corte de Apelaciones ratificó el auto-formal procesamiento por los delitos de privación injusta de libertad e incendio agravado en perjuicio a Santos Corea, e incendio agravado en perjuicio a la empresa minera Inversiones Los Pinares. Estos cargos no requieren detención preventiva pero la Corte ratificó esta decisión.

2.2. La Corte de Apelaciones ratificó la decisión de sobreseimiento definitivo por el delito de asociación ilícita.

2.3. La Corte de Apelaciones cambió el sobreseimiento definitivo por un sobreseimiento provisional por el delito de robo en perjuicio a Santos Corea.

2.4. El expediente del caso fue transferido a la Corte de Letras de Jurisdicción Nacional en Tegucigalpa, sin embargo, la defensa aún no ha sido notificada oficialmente, y por lo tanto, el equipo de defensa legal no puede presentar una nueva solicitud para una audiencia de revisión de medidas para ofrecer fianza.

3. En cuanto a la apelación presentada el 8 de noviembre de 2019 en respuesta a la denegación del cambio de medidas cautelares de prisión preventiva en el caso de los 8 defensores encarcelados en una audiencia celebrada por la Juez Lisseth Vallecillo el 6 de noviembre:

3.1. La Corte de Apelaciones se refirió a un caso completamente diferente en su resolución, por lo cual no tiene ningún sentido su resolución.

3.2. La defensa legal presentó un amparo ante la Sala de lo Constitucional en agosto de 2020 para garantizar los derechos de los defensores ante esta decisión. El 17 de septiembre de 2020, la Sala Constitucional admitió el amparo sin suspensión de acta y dio un día a la Corte de Apelaciones para que presentara su informe sobre su decisión.

3.3. Un amicus curiae escrito por abogados nacionales e internacionales fue presentado el 18 de septiembre a la Sala de lo Constitucional sobre el amparo.

3.4. La defensa legal está a la espera del fallo definitivo de la Sala de lo Constitucional.

Las familias y los defensores criminalizados esperan con ansiedad las próximas audiencias, cuando los juzgados deben pronunciarse sobre la aplicación de la prisión preventiva. Por favor, permanezca atento.a y acompáñenos.

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