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Organizaciones jurídicas y de derechos humanos nacionales e internacionales presentan escrito instando a Juzgado de Tocoa a defender el derecho a la participación ciudadana y a un medio ambiente sano

  • Para su difusion inmediata


29 de enero de 2024


Las organizaciones de derechos humanos que nos presentamos como amici de la Corte en este caso hemos hecho seguimiento por años al conflicto socio ambiental de la región y hemos evidenciado múltiples violaciones a derechos humanos a las comunidades y sus miembros. En esta oportunidad, vemos con preocupación que la convocatoria al cabildo del 31 de enero tiene la potencialidad de continuar esta vulneración de derechos.


Como se desprende de la narración de los hechos expresados por los solicitantes de amparo, y la interpretación de los estándares internacionales reseñados en este escrito, en el presente caso, el derecho al acceso a la información, piedra angular de una democracia participativa y un medio ambiente sano, se encuentra en un riesgo significativo. Los hechos narrados por los solicitantes del amparo detallan cómo la Corporación Municipal de Tocoa ha avanzado en la promoción y aprobación del proyecto Termoeléctrico, un proyecto con posibles implicaciones ambientales adversas, sin un proceso transparente y abierto de socialización con las comunidades afectadas.




La utilización de lo que se denuncia como un 'Acta Municipal Adulterada' para acreditar el cumplimiento de la socialización requerida y la ausencia de divulgación adecuada de la información técnica y ambiental relevante, como se refleja en la falta de regulación de emisiones de Pet coke y la solicitud de licencias ambientales y operativas, son indicativos de una grave deficiencia en el derecho de acceso a la información. Esta situación, donde se priva a la comunidad de información vital para comprender y evaluar plenamente los impactos del proyecto, no solo socava la capacidad de los ciudadanos para participar efectivamente en decisiones de interés público, sino que también constituye una violación directa de sus derechos constitucionales y humanos. Por tanto, a nuestro juicio se justifica plenamente la concesión del amparo, para restablecer y salvaguardar este derecho fundamental, permitiendo a los ciudadanos ejercer adecuadamente su papel en la supervisión y toma de decisiones respecto a proyectos que afectan su entorno y bienestar.


De la misma forma, el derecho a la participación política, inherente a la estructura democrática y fundamental para la autodeterminación de las comunidades, parece estar seriamente comprometido en este caso. Los hechos revelan que las decisiones clave relacionadas con el proyecto Termoeléctrico de ECOTEK se han tomado sin una consulta efectiva y representativa con las comunidades afectadas. A pesar de la clara oposición expresada por los habitantes de Tocoa, Colón, en múltiples asambleas y cabildos abiertos, donde se manifestó un rechazo unánime a los proyectos de ECOTEK y las operaciones mineras asociadas, estas expresiones de voluntad popular han sido aparentemente ignoradas. La convocatoria a un nuevo Cabildo Abierto el 31 de enero de 2024, pese a la firme posición ya manifestada por la comunidad, sugiere un intento de subvertir la voluntad popular y de eludir el principio de participación política. Esta desatención a la voz de la comunidad no solo viola los derechos políticos de los ciudadanos, sino que también pone en tela de juicio la legitimidad y legalidad del proceso administrativo llevado a cabo por las autoridades municipales. 



Finalmente, en lo que respecta al derecho a un medio ambiente sano, los hechos del caso indican una posible violación grave. La aprobación del proyecto Termoeléctrico de ECOTEK, a pesar de las serias preocupaciones ambientales planteadas, como se evidencia en el Informe de Opinión Técnica del CESCCO, que señala la ausencia de regulación de emisiones para el uso de Pet coke, es alarmante. Además, la solicitud de contrata de aguas nacionales sobre el río Guapinol y la perforación de pozos en la región, que ya han resultado en tramos del río completamente secos y la muerte de peces, apunta a un impacto ambiental negativo significativo. Estos actos, combinados con la falta de transparencia y consulta adecuada, no solo amenazan la sostenibilidad del ecosistema local, sino que también vulneran el derecho constitucional y humano de los habitantes de Tocoa, Colón, a vivir en un ambiente saludable. Esta situación amerita la concesión del amparo para prevenir daños irreparables al medio ambiente y proteger el derecho de la comunidad a un entorno sano y equilibrado.


En virtud de los argumentos expuestos, y ante las evidencias presentadas de presuntas violaciones al derecho al acceso a la información, a la participación política y al disfrute de un medio ambiente sano, respetuosamente solicitamos a este Honorable Juzgado de Letras que falle a favor de la concesión del amparo colectivo interpuesto por la comunidad de Tocoa, Colón. Asimismo, pedimos se otorguen las medidas cautelares necesarias para prevenir cualquier daño irreversible al medio ambiente y para asegurar el respeto a los derechos fundamentales de los habitantes. La urgencia de esta solicitud radica en la necesidad de proteger los intereses colectivos y preservar los principios democráticos de transparencia, participación ciudadana y protección ambiental. Este fallo no solo sería un paso crucial en la salvaguarda de los derechos constitucionales y humanos de la comunidad de Tocoa, Colón, sino que también reafirmaría el compromiso de Honduras con los estándares internacionales de derechos humanos y la protección ambiental.



Descargar el documento completo aqui:


Amicus participacion politica 2024.docx
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